En Villegas los concejales tratan una ordenanza para hacer allanamientos por ruidos molestos de motos

Ya se encuentra en poder de las autoridades del Concejo Deliberante de General Villegas la ordenanza mediante la cual se irá con firmeza sobre las motos con escapes reformados que representan actualmente uno de los mayores «males» que aquejan a la ciudad y localidades del distrito. La confección de la…

Ya se encuentra en poder de las autoridades del Concejo Deliberante de General Villegas la ordenanza mediante la cual se irá con firmeza sobre las motos con escapes reformados que representan actualmente uno de los mayores «males» que aquejan a la ciudad y localidades del distrito.

La confección de la misma, que cuenta con la firma del Juez de Faltas, el Dr. Martín Leiva, está basada en experiencias llevadas a cabo en distritos vecinos principalmente, los que han tenido resultados inmediatos y sostenidos en el tiempo.

En ese sentido, se sabe que la reducción a cero de esta problemática es imposible, pero la acción (inmediata) sobre este flagelo permitirá lograr un equilibrio en la convivencia del que hoy la sociedad villeguense carece.

La ordenanza contempla los ruidos molestos provocados por las motos con escapes reformados, la conducción temeraria y las picadas, entendiendo que ello hace necesario tomar medidas tendientes a preservar la integridad física y la salud de los conductores y de los terceros. A su vez, tiene en cuenta que las consecuencias de los siniestros viales provocados por estas conductas impactan directamente en el sistema de salud público del Partido.

Los concejales tienen la potestad de legislar sobre la prevención y eliminación de las molestias que afecten la tranquilidad, el reposo y la comodidad de la población, en especial las de origen sonoro y lumínico, así como las trepidaciones, la contaminación ambiental y de los cursos de agua y el aseguramiento de la conservación de los recursos naturales». Esta ley establece también en su artículo 25 los conceptos a los que deben responder las ordenanzas dictadas por el Concejo, razón por la cual está en sus manos la aprobación de esta Ley municipal.

A su vez el Departamento Ejecutivo está habilitado a «Adoptar medidas de orden preventivo para evitar el incumplimiento de las ordenanzas de orden público, estando facultado para clausurar establecimientos, decomisar y destruir productos, demoler y trasladar instalaciones. Para allanar domicilios, procederá con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 24 de la Constitución Provincial».

Los párrafos anteriores que constan en la redacción de la ordenanza, establecen claramente que desde su concepción la solución a este problema incluye a todos los poderes.

Nota Distrito Interior

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