A través de un informe emitido por el noticiero de Canal 12 nos enteramos de una denuncia realizada por el joven Agustín Cáceres, que habría sido trom
A través de un informe emitido por el noticiero de Canal 12 nos enteramos de una denuncia realizada por el joven Agustín Cáceres, que habría sido trompeado, sin mediar palabra previa, por un efectivo policial. En la nota televisiva, Cáceres mostraba evidentes signos de golpes (un ojo en compota y un corte suturado con varios puntos sobre la nariz). Además, el joven alude a que fue trasladado en estado de shock y/o desvanecido a dependencias policiales, donde habría permanecido alrededor de media hora, antes de llevarlo al Hospital municipal; ese paso por la comisaría, en el estado que refiere, es al menos llamativo.
Si se lee el parte policial (publicado en Diario Líder), los acontecimientos ocurridos en cercanías de un boliche nocturno de Trenque Lauquen (SyS, sobre boulevard Villegas) derivaron únicamente en lesiones leves sufridas por una integrante de la fuerza policial.
Existe por lo tanto una notoria discrepancia entre la denuncia de Agustín Cáceres, a quien se lo escuchaba muy convencido de su versión de los hechos, y el informe emitido por la comisaría trenquelauquense; entendimos, a su vez, que el lunes 29 fue radicada la denuncia de la familia del joven en la Fiscalía local. Así que le cabe al Ministerio Público Fiscal avanzar en la investigación de lo ocurrido en la madrugada del sábado 27 de enero de 2024, para establecer fehacientemente las causas de los golpes en el rostro del joven Cáceres, que en absoluto resultan lesiones leves, sino graves (comprometiendo la visión del damnificado, entre otras secuelas, como las psicológicas, amén de la profundidad del corte cerca de la nariz – ya que refiere que en la guardia del Hospital lo convencieron de suturarse, porque «se le veía el hueso»).
Esperamos que se aclare esta situación, y queden correctamente deslindadas las responsabilidades de los funcionarios públicos actuantes, con la eventual sanción de aquellos que hubieran cometido algún delito en el ejercicio de su tarea, a la que le cabe la necesidad imperiosa del autocontrol (por ejercer el monopolio de la fuerza represiva del Estado para garantizar la seguridad de sus convecinos, no para afectar la integridad personal con eventuales desbordes del temperamento).
Texto: COMISIÓN por los DERECHOS HUMANOS, Trenque Lauquen.