El dirigente del peronismo Julio Collado, ex concejal, y uno de los impulsores de modificar una ordenanza de 1994 que establece el requisito de libre de deuda municipal para hacer la bajada de luz cuestionó en un posteo la decisión del Concejo Deliberante de Trenque Lauquen de no modificar esta normativa histórica. Señaló que la medida convierte un trámite esencial en un “peaje fiscal” y advirtió que afecta especialmente a inquilinos y familias vulnerables, calificando la sesión como una oportunidad institucional desaprovechada.
Este es su posteo: “El Concejo Deliberante de Trenque Lauquen perdió anoche una oportunidad concreta de reafirmar su papel institucional como órgano legislativo municipal. En lugar de establecer límites claros a una práctica administrativa abusiva, la mayoría decidió conservar un esquema que deja en manos del Departamento Ejecutivo un amplio margen de discrecionalidad para condicionar el acceso a la energía eléctrica al pago de deudas municipales.
La cuestión debatida trataba sobre la Ordenanza 921/94, que exige un certificado de libre deuda para autorizar la conexión a la red eléctrica domiciliaria. Sin embargo, con el paso del tiempo, esa exigencia fue ampliándose hasta alcanzar obligaciones correspondientes a otros inmuebles, patentes municipalizadas, tasas comerciales, multas y conceptos que no guardan relación alguna con la vivienda donde se solicita el servicio.
De ese modo, un trámite que debería limitarse a verificar las condiciones vinculadas con la conexión termina funcionando como un verdadero peaje fiscal. Sin permiso municipal no hay conexión; y sin pago de las deudas que la Administración decida incluir, no hay permiso. El acceso a un servicio público esencial queda así convertido en una herramienta indirecta de recaudación.
El bloque Fuerza Patria había propuesto derogar la Ordenanza 921/94, señalando que el requisito perjudica a numerosos vecinos y puede favorecer conexiones precarias o impedir la individualización del suministro eléctrico. Durante el tratamiento en comisión apareció un segundo dictamen, impulsado por el oficialismo, que mantuvo sustancialmente el sistema mediante la aplicación del artículo 44 de la Ordenanza Impositiva.
La intervención del concejal Amador resultó esclarecedora al describir las consecuencias sociales de la política municipal. Detrás de una discusión aparentemente tributaria existen familias que alquilan, personas que se mudan, viviendas que necesitan ser habitadas y vecinos que no pueden obtener electricidad porque alguien ‘ellos mismos, el propietario u otra persona vinculada administrativamente- registra alguna obligación pendiente.
La energía eléctrica no es un beneficio accesorio ni una comodidad que pueda postergarse. Es indispensable para conservar alimentos, calefaccionarse, comunicarse, estudiar, trabajar y desarrollar una vida cotidiana mínimamente digna. La aplicación del libre deuda afecta especialmente a los inquilinos, quienes pueden quedar sometidos al pago de obligaciones del propietario, de anteriores ocupantes o de otros inmuebles completamente ajenos al domicilio que pretenden habitar.
El concejal Larrosa, por su parte, aportó la precisión técnica que frecuentemente falta en estos debates. Señaló que el problema no se agota en la antigua Ordenanza 921/94, sino que también debe abordarse mediante la modificación de disposiciones más recientes incorporadas a la Ordenanza Fiscal.
Explicó que no basta con debatir la permanencia formal de una norma de 1994, sino que correspondía impedir que normas tributarias posteriores continuen otorgando cobertura a una interpretación recaudatoria cada vez más expansiva.
Las concejales oficialistas Marta Bathis y Khalil Gómez asumieron la incómoda tarea de defender el sistema diseñado y aplicado por la Secretaría de Hacienda. Su posición terminó respaldando un mecanismo que sustituye los procedimientos legales de cobro por una presión administrativa mucho más efectiva: Impedir el acceso a la electricidad hasta que el vecino pague, u obtener -casi de rodillas- una excepción discrecional del funcionario de turno (vergonzoso).
El Municipio posee facultades suficientes para determinar e intimar deudas, iniciar juicios de apremio, solicitar medidas cautelares y utilizar todas las herramientas previstas por el ordenamiento jurídico. Lo que no corresponde es eludir esos procedimientos -que aseguran defensa, revisión y debido proceso- y reemplazarlos por la retención de un permiso indispensable para acceder a un servicio esencial.
También fue decepcionante la conducta del bloque de La Libertad Avanza. Sus integrantes adoptaron una posición ambigua y finalmente acompañaron el despacho oficialista sin ofrecer alguna fundamentación. Quienes suelen proclamar la defensa de la libertad individual y denunciar los abusos del Estado, terminaron respaldando una de sus expresiones más concretas. Parecen ser débiles frente al poder municipal y rigurosos frente a quienes necesitan acceder a un servicio indispensable.
La sesión dejó así una conclusión preocupante. El Concejo tenía la posibilidad de fijar reglas claras, limitar la discrecionalidad administrativa y disponer que ninguna deuda ajena al inmueble objeto del suministro pudiera impedir una conexión eléctrica. Podía establecer, además, que toda negativa municipal fuera expresa, fundada, notificable y recurrible.
Fue, en definitiva, una oportunidad perdida”.
Libre de deuda: Collado cuestionó la votación del HCD «fue una oportunidad perdida”
Señaló que la medida convierte un trámite esencial en un “peaje fiscal” y advirtió que afecta especialmente a inquilinos y familias vulnerables, calificando la sesión como una oportunidad institucional desaprovechada.

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