La Agencia extendió hasta el 31 de julio próximo la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, qu
La Agencia extendió hasta el 31 de julio próximo la vigencia del plan de regularización de deudas destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, que vencía el 31 de mayo.
Se trata de un programa que contempla la quita total de intereses, multas y punitorios, abarca deudas vencidas al 31 de diciembre de 2019 —tanto en estado judicial como prejudicial—, planes de pago caducos y vigentes. Comprende a los impuestos Inmobiliario, Básico y Complementario; Automotores; Ingresos Brutos y Sellos.
Los beneficios son importantes, a punto tal que en algunos casos la condonación puede alcanzar el 70% del monto total adeudado. El plan permite pagar en un plazo de hasta 10 años —120 cuotas— con un interés fijo, o bien en 3 cuotas sin intereses de financiación, incluso para contribuyentes cuya deuda esté en instancia judicial.
La suscripción se realiza por internet y los beneficios se encuentran segmentados de manera progresiva por tamaño y tipo de empresa, haciendo una distinción entre las que son micro, pequeñas y medianas.
En el caso de las microempresas, no deben abonar anticipos y el capital puede ser financiado con tasas de entre 1,5% y 2,75%, según el plazo elegido. Las pequeñas, en tanto, tienen que pagar anticipos que van del 5% al 15%, y cuentan con tasas de interés de entre 1,75% y 3%, de acuerdo a la cantidad de cuotas del plan. Por su parte, las medianas deben abonar un anticipo que varía del 5% al 20%, con tasas de interés de entre 2% y 3%.
La clasificación de micro, pequeña y mediana empresa se realiza en función de los parámetros que establece el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, que categoriza a las pymes teniendo en cuenta la actividad declarada, los montos de ventas anuales y la cantidad de empleados.
Si las empresas, cualquiera sea su clasificación, optan por sumarse al programa de regularización pagando al contado o hasta en 3 cuotas, no abonan anticipos ni intereses de financiación.
Adhesión web
Para adherir al plan, las empresas tienen que registrarse previamente en el “Programa Buenos Aires ActiBA” del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires o en el “Agro Registro MiPyMES” del Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense, según la actividad económica que realicen.
Además, deben tener presentadas a la fecha del acogimiento las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes al ejercicio fiscal 2019 y mantener estable su planta de personal durante la vigencia del régimen.
Una vez inscriptas en “Buenos Aires ActiBA” o “Agro Registro MiPyMES”, las empresas pueden suscribir el plan de pagos por internet, en la Agencia de Recaudación, ingresando a www.arba.gob.ar.