NOTICIAS dialogó al respecto con el prestigioso abogado Dr. Ricardo E. Paso, especialista en derecho público y administrativo, quien representa legalmente al Municipio de Pehuajó en la causa judicial vinculada a la denominada Tasa Vial y Ambiental, una contribución creada para financiar obras de infraestructura vial, mantenimiento de calles y mejoras ambientales dentro del partido.
El Dr. Paso explicó los alcances de la resolución judicial que dejó sin efecto la medida cautelar que, en su momento, había sido impulsada por un grupo de concejales de Juntos por la Libertad con el patrocinio letrado del Dr. Daniel Torrallardona y que fue inicialmente concedida por el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen.
Ese fallo adverso había sido interpretado como un logro por parte de sectores de la oposición local, que celebraron la suspensión temporal del cobro de la tasa. Sin embargo, días atrás, quedó firme la resolución de la Cámara Contencioso Administrativa de San Martín —tribunal de alzada competente en la materia— que tiro por la borda la medida cautelar y ratificó la vigencia plena de la normativa impulsada por el Municipio.
-¿Cómo recibió la noticia de que la Cámara haya dejado sin efecto la medida cautelar?
-Dr. Paso: Con satisfacción profesional, pero también con serenidad. Este fallo confirma lo que venimos sosteniendo desde el inicio: que la Tasa Vial y Ambiental está correctamente fundada desde el punto de vista legal y cumple con todos los requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa provincial. La medida cautelar que se había dictado en primera instancia, fue considerada por la Cámara carente de sustento suficiente.
-¿Le sorprendió la resolución de la Cámara?
-Para nada, en razón que antes de esta resolución diferentes Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Provincias ya se habían expedido favorablemente respecto de la validez de Ordenanzas similares. Es el caso de las Cámaras de Mar del Plata y de San Nicolás. Ahora se suma la de San Martín, quien tiene competencia en nuestro Departamento Judicial en materia Contencioso Administrativo.
-¿Qué argumentos tuvo en cuenta la Cámara para rechazar esa cautelar?
-Fundamentalmente, que no existía verosimilitud del derecho invocado, ni peligro en la demora que justificara suspender una ordenanza aprobada conforme lo lineamentos establecidos por la Constitución Provincial y la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Para lo cual el tribunal tuvo en cuenta los extensos argumentos utilizados en el fundamento de la Ordenanza, el dictamen de la comisión de hacienda, presupuesto y cuentas, legislación general y políticas ambientales del Honorable Consejo Deliberante, así como dictamen técnico legal de la Asesoría Letrada comunal (en tanto reglamentación del art. 6 de dicha ordenanza), para considerar que se cumplieron con las formas legislativas esenciales.
-La resolución de Trenque Lauquen había generado cierto ruido político. ¿Qué lectura hace de eso?
– Es natural que una medida cautelar, aun siendo provisoria, genere repercusiones en el ámbito público, sobre todo cuando se trata de temas sensibles como las tasas. Pero creo que es importante distinguir el plano judicial del político. Es una reivindicación al trabajo llevado adelante y al principio de autonomía municipal, que hoy tiene raigambre constitucional, y a pesar de ello se encuentra bastardeado, sobre todo por aquellos que reniegan del sistema federal de gobierno.
-¿Esto puede leerse como un respaldo a la autonomía municipal?
-Sin dudas. La autonomía municipal no se declama, se ejerce. Y este caso demuestra que los municipios no solo pueden, sino que deben buscar herramientas propias para sostener los servicios que prestan. No hay verdadera autonomía sin recursos. Esta tasa es un ejemplo de cómo un gobierno local, ante la retracción de aportes nacionales y provinciales, diseña un mecanismo de financiamiento legítimo y transparente. Tasa que, además, han implementado municipios gobernados por funcionarios que pertenecen a distintos signos políticos.
-¿Qué mensaje le deja esto al vecino de Pehuajó?
-Que el Municipio actuó con responsabilidad, dentro del marco de la ley, y pensando en el bien común. Y que la Justicia, con independencia, ratificó esa legalidad. Más allá de los vaivenes judiciales, lo que se pone en juego acá es la posibilidad de seguir invirtiendo en obras que impactan directamente en la vida cotidiana de los ciudadanos.
-¿Esta discusión continúa ahora en la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires?
-No, la discusión no continúa en la Suprema Corte. Los demandantes no presentaron recurso alguno contra el fallo dictado por la Cámara Contencioso Administrativa de San Martín, por lo tanto, días atrás esa resolución quedó firme y consentida por todas las partes. Esto significa que la medida cautelar fue definitivamente dejada sin efecto, y ya no puede ser objeto de revisión en otra instancia. Por ahora el juicio continúa, con muy buenas expectativas para el Municipio local.
El Municipio de Pehuajó obtuvo el visto bueno de la Justicia para el cobro de la Tasa Vial
Es un tributo muy discutido a nivel nacional. Gran éxito profesional para un abogado de Trenque Lauquen que logró que la Cámara de San Martín falle en favor de la autonomía municipal cuando desde el Gobierno Nacional se presiona para eliminar gravámenes locales.

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