El Municipio envía una nota a la Provincia para habilitar algunas actividades en Fase 2

El Municipio envía una nota a la Provincia para habilitar algunas actividades en Fase 2

El Departamento Ejecutivo ya realizó una nota que envió al Concejo Deliberante para contar con la aprobación de todas las fuerzas políticas y solicit

El Departamento Ejecutivo ya realizó una nota que envió al Concejo Deliberante para contar con la aprobación de todas las fuerzas políticas y solicitar así a la Provincia atenuar algunas de las medidas restrictivas de la Fase 2.

Este es la nota:

En mi carácter de Intendente de la Municipalidad de Trenque Lauquen tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de solicitar la revisión de una serie de medidas de restricción derivadas del reciente encuadre de nuestro Municipio en Fase 2, conforme las disposiciones de la Resolución 1715/2021 y sus Anexos.

Tal como fuera ya planteado y receptado a nivel provincial durante el curso del año 2020, circunstancia que diera origen a lo que hoy denominamos AMBA, y que como consecuencia de ello se adoptaran criterios de diferenciación entre dicha zona y el interior de la Provincia de Buenos Aires, entendemos que corresponde una vez más hacer hincapié en este concepto y diferenciar realidades absolutamente distintas.

Como es sabido, en ciudades como la nuestra, no existen las grandes conglomeraciones de personas, no hay transporte público de pasajeros, la distancia entre el hogar de cada persona y su trabajo o la actividad que realice es corta, y la afluencia de personas a los distintos comercios dista en mucho de las situaciones que suelen advertirse en la zona metropolitana y sus alrededores.

Ello permite, con un riesgo absolutamente menor y controlado, llevar adelante y desarrollar en forma segura ciertas actividades que hoy se encuentran restringidas a causa de una evaluación que equipara, quizás injustamente, realidades distintas.

Cabe agregar a lo dicho que, conforme hemos podido controlar y constatar como Municipio durante el curso de la pandemia, algunas de las actividades restringidas poseen Protocolos de funcionamiento que conjuntamente con esta administración municipal hemos ido forjando desde hace más de un año a la fecha en pos de posibilitar la actividad y la prevención del contagio.

Como dijéramos en presentaciones anteriores, dichos espacios además pueden ser utilizados en forma positiva, esto es, como modelos de conducta a seguir, sitios en donde se difunden y recuerda a la población en forma diaria las medidas de cuidado generales que como comunidad debemos adoptar frente a los riesgos de contagio del virus.

Comprendemos, aceptamos y compartimos los fundamentos en base a los cuales se ha dictado la decisión administrativa por la cual hoy corresponde nuestro encasillamiento en fase 2.

Entendemos también que algunas de las medidas restrictivas impactan en forma concreta a una parte importante de la economía local, afectando directamente a las familias que de ello viven, se sostienen y motorizan el circuito económico productivo de nuestra localidad como asimismo la de los alrededores.

Nos preocupa y nos ocupa, como a toda administración que lo sufre en su territorio, la situación sanitaria actual, pero también entendemos que las características de nuestro Distrito nos permiten formular este planteo de excepción, enderezando nuestros esfuerzos hacia las actividades que sí consideramos riesgosas y perjudiciales para la Salud de la población, razón por la cual, tal como se lo adelantara telefónicamente, hemos tomado la decisión administrativa local de restringir, aun más que Provincia, el desarrollo de actividades que focalizamos como generadoras del riesgo.

De hecho, mediante el Decreto n° 992/21, de fecha 14 de mayo de 2021 y durante el tiempo que se mantenga vigente la Resolución provincial que encuadra a Trenque Lauquen en Fase 2, el Departamento Ejecutivo adoptó dos disposiciones:

Ampliar la prohibición de los eventos, reuniones sociales o familiares en domicilios particulares o cerrados también a espacios públicos al aire libre, independientemente del número de asistentes, y la adhesión del Municipio a las disposiciones del Decreto Nº 1/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires en tanto aplicación de multas y sanciones previstas en el Decreto-Ley N° 8841/77 ante el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la pandemia por el Covid-19.

Es por lo expuesto que consideramos urgente y prioritario se considere la revisión de la aplicación plena de las restricciones que contempla la Fase 2, proponiendo a tal fin las siguientes adecuaciones localizadas:

– Actividades comerciales en general: entre las seis (6) y las veinte (20) horas.

– Actividades desarrolladas en locales del rubro gastronómico y afines entre las seis (6) y las veintitrés

treinta (23.30) horas con aforo interior hasta 30% con cumplimiento de los protocolos diseñados a tal efecto.

– Gimnasios o actividades similares en espacios cerrados: apertura administrada, bajo estrictos

protocolos de funcionamiento y control de actividades entre las seis (6) y las veinte (20) horas con aforo

interior hasta 30% y un máximo de 10 personas.

– Actividades NO deportivas en espacios cerrados: apertura administrada, bajo estrictos protocolos de

funcionamiento y control de actividades entre las seis (6) y las veinte (20) horas con aforo interior hasta 30% y

un máximo de 10 personas.

– Presencialidad en establecimientos educativos: Permitidos solo en parajes o establecimientos rurales

que no registren casos y en aquellas localidades del Partido que no superen los 500 casos por cada 100.000

habitantes en los últimos 14 días según nuestro sistema de registro electrónico.-

– Reuniones sociales y familiares en domicilios particulares, espacios cerrados o espacios públicos

al aire libre: No permitidas.

– Eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre: No permitidos.