“Esto también pasa en Trenque Lauquen. Profesiones que se creen con la autoridad moral para violentar a una persona que está ejerciendo su derecho a interrumpir voluntariamente su embarazo y además violar la confidencialidad del paciente. El Estado municipal es responsable de esto” comienza el escrito publicado en la página de Facebook del Parlamento de la Mujer trenquelauquense.
En el mismo se refieren a la denuncia de una vecina que fue internada en el centro de salud. La mujer hizo la denuncia en el libro de Quejas y en el 0800 del Estado Nacional. “Celébranos la valentía y entereza de quien fue víctima de esta situación y aun así pudo denunciar. Más allá del pedido de disculpas esperamos que las personas que integran el sistema de salud hayan tenido su correspondiente sanción. No hay autoridad ética ni moral para hacer esto” concluye el texto del Parlamento.
En la publicación, reproducen el escrito de la vecina que elevó la queja que llegará a la Nación. “La verdad es que cuando concurrí a pedir una ILE (interrupción Legal del Embarazo) estuvo todo bárbaro. La cuestión es que no me sirvió el misoprostol tuve que internarme para un legrado y allí la atención del personal del Hospital (enfermeras del sector fue pésima, hubo destrato) en un momento me dijeron ´a ver vos que no querés tener ese bebé´ para revisarme e incluso violaron mi confidencialidad porque mi compañero es personal de salud y una de esas enfermeras se lo contó a todo el personal del sector”.
Sigue el testimonio: “Se lo señalé a dos médicas pero no me dieron mucha bola terminé por presentar mis quejas en el libro de quejas me llamó el subdirector del Hospital por pedir disculpas al maltrato y denuncié al 0800 de Nación. Necesitamos que haya gente amable en estos espacios que deberían ser de cuidado porque la ILE es una política pública. Si no les gusta la ley todo bien, pero no voy a permitir que me maltraten”.
El año pasado entró en vigencia la Ley 27.610 que amplió los derechos vinculados a la interrupción del embarazo.
La Ley 27.610 regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar. Es de aplicación obligatoria en todo el país.
A partir de esta ley la Ley 27.610, las mujeres y personas con otras identidades de género tienen derecho a interrumpir su embarazo:
– Hasta la semana catorce (14), inclusive, sin tener que explicar los motivos de su decisión
– Cuando el embarazo es resultado de una violación o si está en peligro su vida o su salud.