Los bancos no atenderán al público pero habrá efectivo en los cajeros

Las entidades financieras y cambiarias no podrán abrir sus sucursales, aunque seguirán prestando servicio de forma remota para la constitución de plazos fijos, el otorgamiento de financiaciones y otras actividades. En el marco de la cuarentena obligatoria dictada anoche por el Poder Ejecutivo Nacional, el Banco Central de la República…

Las entidades financieras y cambiarias no podrán abrir sus sucursales, aunque seguirán prestando servicio de forma remota para la constitución de plazos fijos, el otorgamiento de financiaciones y otras actividades.

En el marco de la cuarentena obligatoria dictada anoche por el Poder Ejecutivo Nacional, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió que las entidades financieras y cambiarias no podrán abrir sus sucursales para la atención al público entre el 20 y el 31 de marzo.

Sin embargo, según detalló el organismo a través de la Comunicación A6942, sí deberán seguir prestando servicios a los usuarios en forma remota, “como por ejemplo, para la constitución de plazos fijos, el otorgamiento de financiaciones y para garantizar los servicios relacionados con el sistema de pagos”.

A su vez, el BCRA garantizará la provisión de efectivo para que los bancos adopten todas las medidas necesarias, incluyendo los recursos humanos, para asegurar suficientes fondos en cajeros automáticos y la continuidad de la operatoria relacionada con la extracción de efectivo en puntos de extracción extrabancarios.

Las entidades financieras y cambiarias, además, podrán operar entre ellas y con sus clientes en el mercado de cambios de forma remota. “El BCRA garantizará la operatoria, a través del SIOPEL, de las operaciones cambiarias mayoristas y de las licitaciones de LELIQ”, reza el comunicado del organismo.

En el mismo sentido, informaron, se mantendrán operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación, el Medio Electrónico de Pagos, las redes de cajeros automáticos y de transferencia electrónica de fondos, las administradoras de tarjetas de crédito y débito, los adquirentes y procesadores de medios de pago electrónicos, los proveedores de servicios de pago, así como sus prestadores conexos y toda otra infraestructura de mercado necesaria para la normal prestación de los servicios de las entidades financieras y de los sistemas de pago.


Fuente infocielo

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