Quiénes son y qué hacen los Mayores Contribuyentes

Quiénes son y qué hacen los Mayores Contribuyentes

Ayer cerró el período de inscripción para el registro de Mayores Contribuyentes, una asamblea que se constituye convocada por el Concejo Deliberante

Ayer cerró el período de inscripción para el registro de Mayores Contribuyentes, una asamblea que se constituye convocada por el Concejo Deliberante y que tiene injerencia sólo en dos asuntos: tributarios y endeudamiento. Es un concepto arcaico que sobrevivió en la Constitución de la Provincia desde el siglo XIX y que defiende intereses aristocráticos y su injerencia en la política de aquél entonces. Hoy está totalmente desvirtuado, pero sigue vigente.

Según la Constitución de la Provincia y la Ley de las Municipalidades, los Concejos Deliberantes cumplen la función del “poder legislativo” de los municipios. Pero en dos asuntos sus decisiones no llegar a tener vigencia sino son ratificadas por la «Asamblea de Mayores Contribuyentes»

En un principio esos ciudadanos debían contar con ciertos ingresos o patrimonio, lo que ha quedado derogado por el desuso.

El ex concejal de la UCR y especialista en temas municipales Ricardo Paso atendió el teléfono para hablar con este medio. “La institución constituye un resabio de los privilegios que estableció la Constitución de 1873, que fuera mantenido por la de 1889, reformulada por la reforma de 1934, y no fuera eliminada por la de 1994. Dicho privilegio consistía en dar voz y voto, en cuestiones que hacían a las finanzas de los municipios a las personas más acaudaladas que habitaban en el mismo”, dijo el dirigente que es autor de dos libros sobre municipalismo.

En las mismas palabras se pronunció consultado por OESTE BA su par Julio Collado, que también es abogado, ex concejal del Partido Justicialista y actual asesor legal de municipios de la región. “Aunque todos la consideran una rémora histórica, con la última reforma constitucional de 1994 se perdió la oportunidad de eliminarla o actualizar ese mecanismo institucional que nació en las primeras décadas del siglo pasado como mecanismo de defensa de sectores conservadores contra los objetivos recaudatorios de los nuevos actores políticos”, dijo Collado.

QUIÉNES LA INTEGRAN

La lista de Mayores Contribuyentes se actualiza anualmente mediante un complejo mecanismo previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Quienes resultan designados titulares, son convocados a sesiones especiales para tratar aumento de tasas o autorizaciones de empréstitos, lo que no ocurre todos los años.

Los “mayores contribuyentes”  son inscriptos en lista especial todos los años por las fuerzas políticas con representación en el deliberativo, guardando la misma proporción de cada bloque. No tiene vigencia ningún recaudo de carácter económico, por lo que han dejado de ser “mayores contribuyentes” sino adherentes a los partidos políticos que los convocan.

En la práctica la Asamblea, dijo Collado, “no pasa de un Concejo Deliberante “duplicado. No existen muchos registros de votaciones diferentes a las registradas en ocasión de aprobarse las preparatorias. Ello quiere decir que si una ordenanza preparatoria de naturaleza impositiva resultó aprobada, por ejemplo, por diez votos a favor, seguramente obtendrá veinte en la Asamblea”.

PASADO Y PRESENTE

Ricardo Paso, insistió que es una “figura arcaica que tiene sustento en la Constitución de la Provincia y la Ley Orgánica de las Municipalidades. Se excluyen a las personas jurídicas de su integración y es carga pública para los designados. Figura destinada a que los grandes terratenientes pudieran controlar nuevos tributos o aumentos importantes que afectaran su patrimonio. Hoy quien paga algún tributo municipal se encuentra en condiciones de ser mayor contribuyente”.

El abogado, insistió que la doctrina en general ha criticado la equiparación de los mayores contribuyentes con los representantes del pueblo, “en razón de que la misma afecta el principio de igualdad, debido a que se pone en un pie de igualdad a quienes fueron electos en forma directa en comicios, con aquellos que fueron propuestos por cada uno de los bloques del Departamento Deliberativo, de la nómina elevada por el Departamento Ejecutivo”.

Es por los motivos apuntados “que considero que esta institución debería abolirse en una futura reforma constitucional de la provincia”, sostiene Paso.

Como se mencionó en el comienzo, las facultades de esta asamblea de vecinos es para temas tributarios (aumentos de tasas) y para convalidar empréstitos, en el caso que la Comuna pida un préstamo.

Julio Collado apuntó que hasta el año 2000 hubo varias autorizaciones de préstamos del Banco Provincia por parte de la Asamblea y luego ya no fue requerida para este tema y sólo se limitó a temas tributarios y tuvo una actuación destacada en el año 2008 cuando el HCD debatió la creación de la plusvalía, una contribución sobre loteos creada por el recordado intendente Jorge Barracchia.