El Departamento Ejecutivo municipal rediseñó hoy (sábado) y puso en vigencia en forma inmediata en todo el distrito la nómina de actividades restringidas y permitidas, según horarios y características, tras notificarse de los alcances de la Resolución nº1050 emitida anoche (viernes) por el Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires incluyendo a Trenque Lauquen entre los 49 distritos que ahora están en Fase 3, de acuerdo a la situación epidemiológica que presentan por la pandemia de Covid-19.
A las medidas contempladas para la Fase 3 y que Provincia fijó de acuerdo al artículo 13 del Decreto Nacional n°235/21, se agregan algunas otras que el Municipio había establecido anticipadamente el miércoles pasado y que habían sido anunciadas por el Intendente Interino Esteban Vidal.
El Decreto Nacional considera lugares de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario a los municipios en los cuales se haya producido un brote o un aumento significativo y repentino de casos positivos de Covid-19.
El nuevo listado de medidas a cumplir en cada actividad, y sobre las que habrá controles estrictos para verificar su cumplimiento y tratar de evitar una propagación del virus, es el siguiente:
- Circulación de personas: Restricción entre las 0 y 6hs. Disposición Provincial.
- Comercios de carácter general: No podrán desarrollarse entre las 20 y las 6hs. Disposición Provincial.
- Restaurantes / Bares / Rotiserías / Heladerías / Gastronómicos Afines: No podrán desarrollarse entre las 23 y las 6hs. En el interior del local el aforo no podrá superar el 30 por ciento y en el exterior están permitidas. Disposición Provincial.
- Delivery: Permitido de 6 a 24hs.
- Actividades / Reuniones Sociales en domicilios particulares: No están permitidas. Disposición Provincial.
- Actividades / Reuniones Sociales en espacios públicos: No están permitidas hasta el miércoles 21 de abril de abril. Disposición Municipal.
- Reuniones Familiares: Se recomienda evitarlas y acotarlas al grupo de convivientes. Disposición Municipal.
- Salones de fiesta: No está permitido. Disposición Provincial
- Gimnasios: Permitidos hasta las 20hs y hasta diez (10) personas. En interior con aforo de 30 por ciento. Disposición Provincial.
- Fútbol 5 / Básquet / Hándbol / Pádel / Otros: Permitidos aquellos autorizados en su momento con Protocolo de estricto cumplimiento hasta las 20hs con aforo de hasta diez (10) personas. Disposición Provincial.
- Piletas: Permitido hasta 20hs. con aforo de hasta diez (10) personas. Disposición Provincial.
- Reuniones religiosas: No permitidas hasta el miércoles 21 de abril. Disposición Municipal.
- Cines/Teatros: Permitidos hasta 20hs. con aforo del 30 por ciento. Disposición Provincial.
- Deportes en lugares cerrados: Permitidos para aquellos autorizados en su momento con Protocolo de estricto cumplimiento. Hasta 20 hs. y con hasta diez (10) personas. Disposición Provincial.
- Deportes en lugares abiertos: Permitidos para aquellos autorizados en su momento con Protocolo de estricto cumplimiento. Hasta 20hs. y con hasta diez (10) personas. Disposición Provincial.
- Deportes Competencia: No están permitidos hasta el miércoles 21de abril. Disposición Municipal.
- Viajes grupales: No están permitidos. Disposición Provincial.
- Ferias: No están permitidas. Disposición Provincial.
- Bibliotecas: No están permitidas. Disposición Provincial.
- Expendio de combustibles / Farmacias: Permitidos las 24hs.
Las restricciones establecidas no serán aplicables a:
- Las personas afectadas a las actividades y servicios esenciales
- Las personas afectadas a las actividades industriales que se encuentren trabajando en horario nocturno, de conformidad con sus respectivos protocolos de funcionamiento
- Y a las personas que deban retornar a su domicilio habitual desde su lugar de trabajo o concurrir al mismo -circunstancia que deberá ser debidamente acreditada. Todas las personas exceptuadas deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia