Zona Fría: Sotullo Lanz recordó que desde el Concejo ya habían pedido por esta medida

El proyecto, presentado por el Diputado Nacional Máximo Kirchner, alcanza a más de 50 distritos bonaerenses y beneficia a 3 millones de familias de todo el país. Con la firma de Máximo Kirchner se presentó ayer el proyecto de ley que beneficia a más de 3 millones de argentinos y…

El proyecto, presentado por el Diputado Nacional Máximo Kirchner, alcanza a más de 50 distritos bonaerenses y beneficia a 3 millones de familias de todo el país.

Con la firma de Máximo Kirchner se presentó ayer el proyecto de ley que beneficia a más de 3 millones de argentinos y argentinas y que implica una disminución del 30% y 50% sobre las facturas de gas para usuarias y usuarios residenciales de las localidades alcanzadas, dependiendo su situación de mayor o menor vulnerabilidad (concretamente se tomaron quienes están comprendidos en el decreto presidencial 311/20).

En la Provincia de Buenos Aires son más de 50 los distritos que quedarían contemplados en esta “zona fría”, entre los que se encuentran Trenque Lauquen y otros  de la región como Tres Lomas, Carlos Tejedor, Pellegrini, Salliqueló, Guaminí, Pehuajó, Rivadavia y General Villegas.

Se trata de un trabajo en conjunto entre legisladores y legisladoras de los bloques del Frente de Todos, Consenso Federal y Unidad y Equidad Federal.

Respecto de este proyecto ingresado al  Congreso de la Nación el concejal y Presidente del Bloque del Frente de Todos de Trenque Lauquen, Martín Sotullo Lanz, destacó que “es un viejo anhelo que tienen numerosas regiones del país” y se mostró confiado en “que pueda ser aprobado por las dos cámaras y convertirse en Ley”

El edil recordó que “como cuerpo hemos peticionado en numerosas oportunidades sobre la posibilidad de contemplar a Trenque Lauquen en lo que se denomina zona patagónica”

Por último, enfatizó que “si bien es un proyecto que ingresó recién yo creo que va a tener tratamiento positivo en las dos cámaras”

En las nuevas localidades la tarifa diferencial implica una disminución del 50% de la factura de gas correspondiente, en el caso de los siguientes usuarios residenciales:

• Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

• Titulares de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

• Usuarios y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.

• Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a CUATRO (4) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

• Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en CUATRO (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

• Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.

• Electrodependientes, beneficiarios y beneficiarias de la Ley N° 27.351.

• Usuarios y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).

• Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

• Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Respecto del resto de las usuarias y usuarios residenciales, la tarifa diferencial implicará una disminución del 30% de la factura de gas correspondiente.

La ampliación en cuestión incorpora a las localidades actualmente alcanzadas, las comprendidas en el frente marítimo y subzonas del sur de la provincia de Buenos Aires.

Se incluye a la garrafa para las mismas regiones, provincias, departamentos, municipios y partidos que se incorporan al beneficio.

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