Los escribanos deberán pedir libre de deudas municipales a los inmuebles para hacer trámites

Los escribanos deberán pedir libre de deudas de tasas y contribuciones municipales antes de poner la firma en sus trámites con inmuebles del distrito de Trenque Lauquen. Así será a partir de este viernes cuando el Concejo Deliberante apruebe una nueva ordenanza con origen en el bloque de Juntos por…

Los escribanos deberán pedir libre de deudas de tasas y contribuciones municipales antes de poner la firma en sus trámites con inmuebles del distrito de Trenque Lauquen. Así será a partir de este viernes cuando el Concejo Deliberante apruebe una nueva ordenanza con origen en el bloque de Juntos por el Cambio pero que tendría el consenso de todas las bancadas.

La iniciativa parlamentaria, que atravesó las etapas de consulta con los profesionales, tiene origen en el oficialismo y en la figura de Virginia Monzó, que lideró encuentros por Zoom con representantes del Colegio de Escribanos y generó los acuerdos y consensos con sus pares de las distintas bancadas dentro de la Comisión Administrativa para obtener el despacho que se firmó anoche y tiene vía libre para aprobarse el viernes.

El proyecto establece en el artículo que los “escribanos que intervengan en las transferencias o constitución de derechos reales sobre inmuebles ubicados en el Partido de Trenque Lauquen, deberán acreditar la inexistencia de deudas termino vencido de tasas, derechos y contribuciones municipales hasta la fecha del otorgamiento del acto, mediante certificación expedida por la Municipalidad”.

En los fundamentos de la iniciativa se señala que “si bien las municipalidades cuentan con medios para asegurar la percepción de los tributos correspondientes a su esfera de competencia, también es cierto que al tiempo de celebrarse una transacción sobre bienes inmuebles resulta indispensable crear un mecanismo que les permita certificar efectivamente el pago de las tasas, derechos y contribuciones que graven estos bienes”. 

Y que en “virtud de que toda operación inmobiliaria importa un movimiento de riqueza, el Municipio no puede ver afectada su capacidad económica cuando el contribuyente remiso al pago de las obligaciones tributarias a su cargo, traslade esa responsabilidad al adquirente, al momento de la perfección del acto traslativo de dominio”.

Por tal motivo se instituye “a los escribanos como agentes de retención de los tributos que rigen a nivel municipal, resaltando la función social del notariado y la oportunidad de coadyuvar al Estado en la recaudación tributaria para posibilitar la satisfacción de las necesidades públicas”.

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